Circular laboral 02/2019
Unidad de Medida y Actualización para el 2019
Les informamos que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer
el valor de la UMA para el 2019, al tenor siguiente:
Diario: $ 84.49
Mensual: $ 2,568.5
Anual: $30,822.00
Es importante recordar que para efectuar el cálculo de la prima de antigüedad en
términos de lo dispuesto en el artículo 162 en relación con el artículo 486, el tope
salarial diario para el pago de la misma será el que resulte de dos veces el valor
de la UMA, esto es, $168.98 por lo que hace a los pagos que se efectúen por
dicho concepto en el 2019.
Lo anterior en virtud de lo siguiente:
El artículo 123 apartado A) fracción VI de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en la parte final del primer párrafo,
menciona que: “El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad,
base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza”.
A su vez, en artículo Tercero de los transitorios del decreto que se publicó
el 27 de enero de 2016 que reforma diversas disposiciones de la CPEUM, en
materia de desindexación del salario mínimo se señala que:
“todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base,
medida o referencia para determinar la cuantía de las obligaciones y supuestos
previstos en las leyes federales, estatales, del Distrito Federal, así como en
cualquier disposición jurídica que emane de todas las anteriores, se entenderán
referidas a la Unidad de Medida y Actualización.” VER PUBLICACIÓN
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